Portal de fiscalización · ASISMIND

Prestador: Servicios y Gestión de Recursos Humanos Staffy Limitada · Versión: 0.1.0

Volver al ingresoDescargar en PDFVersión 1.4 (2026-09-30)

Guía del portal de fiscalización

Para funcionarios de la Dirección del Trabajo. El portal cumple los arts. 17, 22.4, 23 a 28 de la Res. Ex. N° 38 de 2024.

1. Ingreso (art. 23)

  1. En la pantalla de inicio escriba su correo institucional @dt.gob.cl y presione Solicitar clave.
  2. La clave llega a ese correo y dura 5 días corridos. Puede pedir una nueva cuantas veces necesite.
  3. Ingrese con la clave. Cada conexión queda registrada con fecha, hora, correo, RUT de la empresa consultada e IP de origen (art. 22.5).

2. Elegir al empleador (art. 24)

Verá únicamente dos ventanas: la búsqueda por nombre o RUT (también por la razón social o RUT de una EST) y la lista alfabética de todos los empleadores usuarios del sistema, con los datos del art. 26 de cada uno y, al pie, las empresas con las que el prestador ya no tiene vinculación. Al seleccionar un empleador, éste recibe automáticamente el aviso de inicio de fiscalización.

3. Reportes (arts. 25, 27 y 28)

El menú muestra, en este orden, los reportes de asistencia, jornada diaria, días domingo y festivos, modificaciones de turnos, reporte diario e incidentes técnicos. Los cuatro primeros tienen los filtros del art. 25, todos visibles y combinables: búsqueda individual, búsqueda grupal, período predeterminado, rango de fechas, jornada, turnos, local o establecimiento (con los nombres de los trabajadores cuando el local tiene más de 10), cargo, EST y código hash de una marcación.

Cada reporte se descarga en Excel, PDF y Word con exactamente la misma información que la pantalla. Las marcaciones corregidas por el empleador llevan el símbolo †, con la glosa al pie. Las siglas de ausencias del art. 28 g se explican en las notas.

4. Verificar una marcación (art. 8)

Con el código hash de un comprobante, la página Verificar del sistema muestra la marcación a la que corresponde, sin necesidad de ingresar al portal.

5. Problemas de acceso

Si el portal no responde o un reporte no se genera, el prestador debe atenderlo de inmediato (arts. 17 d y 59). Los incidentes técnicos con cese total o parcial constan en el reporte f).